Ley N ° 144/2015, de 8 de septiembre, por la que se transpone la Directiva 2013/11 / UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo, sobre resolución alternativa de litigios de consumo y que establece el marco legal marco para la resolución judicial de disputas de consumidores, crea la Red de Arbitraje de Consumidores en Portugal.
La Resolución Alternativa de Disputas de Consumidores (RAL) cubre la mediación, la conciliación y el arbitraje.
Las entidades ADR son las entidades autorizadas para llevar a cabo la mediación, conciliación y arbitraje de disputas de consumo en Portugal, las cuales deben estar registradas en la lista de entidades RAL prevista por la Ley No. 144/2015.
Son entidades independientes, con personal especializado, que, por un lado, de forma imparcial, ayudan al consumidor y a la empresa a llegar a una solución amistosa a través de la mediación o conciliación o, por otro lado, si no se llega a este acuerdo, permiten un decisión a ser tomada por árbitros en un proceso simple y rápido, mediante arbitraje.
Siempre debe comunicarse primero con el proveedor para intentar resolver el problema. Si no llega a un acuerdo, puede iniciar un procedimiento contra el proveedor con una entidad de RAL, siempre que:
La Dirección General de Consumidores es la autoridad nacional competente para organizar el registro y la difusión de la lista de entidades RAL.
Por lo tanto, debe consultar www.consumidor.pt para obtener la lista actualizada de entidades de RAL, así como los tipos de litigios cubiertos.
Monteagudo Stone, de conformidad con lo dispuesto en la Ley n. ° 23/96, de 26 de julio, se encuentra sujeta al arbitraje necesario cuando, a opción expresa de los usuarios que son personas naturales, las disputas de consumo se someten al arbitraje judicial de los centros autorizados de arbitraje de disputas de consumidores.
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